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Ayuntamiento de la STA

Area de desarrollo

Ayuntamiento de la STA

Subvenciones Asociaciones Vecinales

Subvenciones AAVV

Solicitud de subvención para asociaciones vecinales 2024

Asociaciones vecinales con domicilio social en Villena y desarrollar sus actividades dentro del ámbito territorial municipal.

18/04/2024 09:00:00 - 11/10/2024 23:59:00

Desde el día siguiente a su publicación el el BOPA (17/04/2024)  hasta el 11 de octubre de 2024

Desestimatorio

De reposición ante el mismo órgano que la dicte o interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de Alicante.

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  •  Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
  •  RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
  •  Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  •  Ordenanza General de Subvenciones del M.I. Ayuntamiento de Villena (B.O.P.A. N.º 112 de 13/06/2018).

GASTOS NO SUBVENCIONABLES:
En ningún caso serán subvencionables los gastos siguientes:
- Los intereses deudores de las cuentas bancarias
- Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales
- Los gastos de procedimientos judiciales
-Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o  compensación
- Los impuestos personales sobre la renta
- El Impuesto sobre Bienes Inmuebles
- Gastos de inversión
- Gastos de comida, cena, bebidas u otros propios de la hostelería
- Gastos que se corresponden con materiales de uso personal
- Gastos de transporte

Anexo I-Solicitud

Anexo II

Anexo III

Anexo IV

Anexo V

Bases Subvenciones vecinales 2024

Mantenimiento de Terceros

Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Substancial:
Acceso mediante sistema Clave
DOCUMENTACION REQUERIDA
- Solicitud (Anexo I)
- CIF de la entidad (si no obra ya en poder del Ayuntamiento)
- Estatutos de la entidad (si no obra ya en poder del Ayuntamiento)
- Certificado del secretario de la entidad indicando el número asociados y de personas al corriente de pago de la cuota y el importe de la misma.
- Contrato de arrendamiento (si ha sido incluido dentro del monto a subvencionar)
- Certificado de Hacienda y de la Seguridad Social acreditando estar al corriente del pago de sus obligaciones tributarias
- Memoria de actuación justificativa
- Balance contable
- Anexo II- Declaración responsable de no estar incursos en ninguna de las prohibiciones
- Anexo III - Cuenta justificativa
- Documentación complementaria del Anexo III
- Modelo de Mantenimiento de terceros (si no obra ya en poder del Ayuntamiento)
- Anexo IV - Declaración responsable IVA
- Material publicitario editado en que conste que el programa ha sido subvencionado por este Ayuntamiento o documento gráfico que acredite el cumplimiento de las medidas de las bases.
- Anexo V - Modelo de declaración sobre la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.