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Ayuntamiento de la STA

Area de desarrollo

Ayuntamiento de la STA

Z-Solicitud General

Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos al Ayuntamiento

La instancia general es el instrumento que el Ayuntamiento pone a disposición de la ciudadanía para que pueda presentar una solicitud dirigida al Ayuntamiento de Villena sobre asuntos de competencia municipal, siempre que no exista un modelo normalizado específico para el trámite que desea realizar. Antes de utilizar el impreso de instancia general, es importante comprobar que no existe una ficha de trámite específica, con su correspondiente impreso, para la gestión concreta que va a realizar, de cara a evitar requerimientos de aporte de documentación, subsanación, etc. que puedan dilatar el procedimiento.

Requisitos: Cualquier persona tiene derecho a presentar ante el Ayuntamiento una solicitud, escrito o comunicación bajo la forma que libremente elija, sin más requisito que incluir la información que exige el artículo 66.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ( LPACAP):

  • Nombre y apellidos de la persona interesada y, en su caso, de la persona que lo represente.
  • Identificación del medio electrónico, o es su defecto, lugar físico en que desea que se practique la notificación. Adicionalmente, los interesados podrán aportar su dirección de correo electrónico y/o dispositivo electrónico con el fin de que las Administraciones Públicas les avisen del envío o puesta a disposición de la notificación.
  • Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud.
  • Lugar y fecha.
  • Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.
  • Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige y su correspondiente código de identificación.

Personas físicas y jurídicas, así como sus representantes.

No está sujeta a plazos.

El plazo genérico es de TRES MESES, salvo que normativa específica del procedimiento objeto de solicitud establezca plazo inferior o superior, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico del Ayuntamiento.

No procede

Los que correspondan en función de la materia objeto de la solicitud.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
  • Normativa específica en función de la materia objeto de la solicitud

Los que correspondan en función de la materia objeto de la solicitud.

DOCUMENTACIÓN PARA IDENTIFICACIÓN DEL INTERESADO: Los documentos han de ser originales y encontrarse en vigor para su escaneo.

Tramitación presencial:

  • Ciudadanos españoles: DNI
  • Personas jurídicas: CIF
  • Ciudadanos comunitarios: Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, en el que consta el NIE, junto con el documento acreditativo de la identidad o pasaporte expedido por las autoridades de su país
  • Ciudadanos no comunitarios: Tarjeta de Identidad de Extranjero, en el que consta el NIE o, en su defecto, Pasaporte
  • Representantes: DNI y documento en el que conste la representación legal, junto con DNI o documento equivalente del interesado.
  • Menores: Libro de familia o Certificado literal de nacimiento y el DNI para mayores de 14 años y menores en caso de tenerlo

Tramitación online:

  • Las personas físicas, jurídicas y sus representantes se identificarán a través de sus correspondientes firmas electrónicas.
  • Representantes: En caso de utilizar firma electrónica de persona física, adjuntar el documento en el que conste la representación legal o de autorización. Y el documento de identificación del representado: DNI, CIF, NIE, etc.

 

Solicitud General

Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentación a aportar
Documentación