Estarán sujetas a Licencia de intervención:
Las actuaciones de intervención sobre edificios, inmuebles y ámbitos patrimonialmente protegidos o catalogados, que tengan trascendencia patrimonial de conformidad con la normativa de protección del patrimonio cultural. (Art. 204 del Decreto Legislativo 1/2021 TR-LOTUP)
De acuerdo con la normativa de protección del patrimonio cultural, se consideran obras de trascendencia patrimonial las obras de nueva planta, de demolición, de ampliación de edificios existentes, y las que conlleven la alteración, el cambio o la sustitución de la estructura portante y/o arquitectónica y del diseño exterior del inmueble, incluidas las cubiertas, las fachadas y los elementos artísticos y acabados ornamentales. (Art. 35 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano)
Cuando las actuaciones proyectadas carezcan de trascendencia patrimonial y no estén incluidas en ninguno de los restantes supuestos sujetos a licencia urbanística, podrán tramitarse mediante declaración responsable. En tales casos, deberá obtenerse, previamente a la presentación de la declaración responsable de obras, pronunciamiento municipal sobre la existencia o no de trascendencia patrimonial mediante el trámite habilitado al efecto («Trámite previo - Obras trascendencia patrimonial»).
En el supuesto de que las actuaciones pretendidas tengan, indudablemente, trascendencia patrimonial, no será necesario realizar el citado trámite previo, debiendo realizar, directamente, el presente trámite de licencia de intervención.
Personas físicas y jurídicas.
Telemáticamente
El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Villena utilizando el formulario del mismo.
Presencial (sólo en caso de personas físicas)
El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.